Motores acelerando de madrugada, autos modificados que alcanzan más de 200 km/h en avenidas urbanas y convocatorias por redes sociales. Las carreras clandestinas dejaron de ser una molestia de barrio y se transformaron en un problema de seguridad vial. Desde octubre de 2022 son un delito en Chile, y en 2026 el Congreso discute cómo hacer más fácil sancionarlas.
Qué castiga la Ley 21.495
La Ley 21.495 se publicó en el Diario Oficial el 4 de octubre de 2022 y agregó a la Ley de Tránsito el artículo 197 ter. Considera “carreras no autorizadas” las siguientes conductas, cuando se hacen sin permiso de la autoridad y en vías públicas:
- Correr contra otros vehículos, contra el reloj o para medir velocidad máxima o llegar primero a un punto.
- Competencias de destreza, derrapes o deslizamientos.
- Competencias de maniobras o de velocidad que pongan en riesgo la vida o la integridad de otras personas.
Penas para quien maneja
| Resultado | Cárcel | Multa |
|---|---|---|
| Sin daños, o con daños materiales o lesiones leves | Presidio menor en grado mínimo (61 a 540 días) o multa | 2 a 10 UTM |
| Lesiones menos graves o graves | Presidio menor en grado medio (541 días a 3 años) | 4 a 12 UTM |
| Lesiones gravísimas | Presidio menor en grado máximo (3 años y un día a 5 años) | 8 a 20 UTM |
| Muerte de una persona | De 3 años y un día hasta 10 años | 8 a 20 UTM |
A esto se suman otras sanciones. Si hay lesiones gravísimas o muerte, el conductor queda con inhabilidad perpetua para manejar. En todos los casos la ley contempla el comiso del vehículo (salvo los derechos de un tercero dueño del auto) y la suspensión de la licencia: de seis meses a dos años la primera vez, hasta cinco años la segunda y cancelación a la tercera.
Organizadores, “prestadores” de autos y exceso de velocidad
- Organizar una carrera tiene pena de presidio menor en grado mínimo y multa de 8 a 20 UTM. Si el organizador gana dinero con ella, la pena sube a grado medio y la multa a 20 UTM.
- Quien facilita un vehículo de común acuerdo para participar recibe las mismas penas que el conductor.
- Colaborar de forma relevante para identificar a organizadores y participantes puede rebajar la pena en un grado.
- Además, la misma ley creó un delito aparte para quien supera en 60 km/h el límite de velocidad, haya o no carrera: prisión en grado máximo o multa de 2 a 10 UTM, y suspensión de licencia.
La ley también obliga al juez a ordenar el retiro de circulación de los vehículos involucrados por al menos 30 días y le permite revocar su revisión técnica.
Por qué se quiere cambiar la ley
El principal problema de la norma actual es probatorio: para condenar hay que demostrar que existía una competencia entre vehículos. Un conductor solo que cruza la ciudad a 200 km/h puede quedar fuera del delito si no se acredita la carrera. En la Comisión de Transportes del Senado, Carabineros informó de 258 denuncias al Ministerio Público y 1.352 detenciones asociadas a carreras clandestinas, y de velocidades registradas de entre 150 y 260 km/h en zonas con límite de 50 y 100 km/h, con un aumento de estos hechos en Costanera Norte.
El proyecto de conducción temeraria: en qué va
El proyecto (boletín 17702-15) modifica la Ley de Tránsito para tipificar la conducción temeraria. Su tramitación hasta ahora:
- 14 de julio de 2025: ingresa como moción de un grupo de diputados.
- 13 de enero de 2026: la Cámara de Diputadas y Diputados lo aprueba en general y en particular a la vez, y lo envía al Senado.
- 10 de junio de 2026: la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones del Senado aprueba la idea de legislar, también por unanimidad.
- 2 de septiembre de 2026: la Sala del Senado lo aprueba en general, con 24 votos a favor y ninguno en contra.
- 6 de octubre de 2026: el Senado amplía el plazo para presentar indicaciones hasta el 19 de noviembre de 2026. Después de eso vendrá la discusión en particular.
La idea central es reemplazar la exigencia de probar una competencia por una descripción objetiva de conductas peligrosas. Según la versión que despachó la Cámara, manejar en una carrera tendría una pena de 61 días a 3 años de presidio; causar una muerte, de 5 a 10 años, con multas de hasta 50 UTM, comiso del auto e inhabilidad perpetua. También agrega como agravante que las maniobras ocurran cerca de colegios, centros de salud o en zonas urbanas. En el Senado se ha planteado, además, reforzar la fiscalización en autopistas. Como el texto todavía puede cambiar, estas cifras no son ley vigente.
Un caso reciente
El 3 de octubre de 2026, Carabineros y la Fiscalía Local de Puerto Montt incautaron siete vehículos, entre ellos autos deportivos y sedanes modificados, vinculados a una organización que promovía carreras clandestinas por redes sociales. La investigación partió por reclamos de vecinos y se basa en la Ley 21.495. Puedes revisar otros casos del año en nuestro resumen de accidentes de tránsito en Chile en 2026.
Lo que debes saber
Correr en la calle ya es delito: arriesgas cárcel, perder el auto y quedarte sin licencia. Y si el proyecto de conducción temeraria se aprueba, ni siquiera será necesario probar que había una carrera para sancionar a quien maneja de forma peligrosa.
La adrenalina al volante suele mezclarse con otra cosa: alcohol después de una junta o una fiesta. Si vas a celebrar, deja que otra persona maneje tu auto. Con un chofer de reemplazo de Mi Vuelta tu vehículo y tú llegan a casa sin apuros.



